¿Cuándo prescribe una deuda financiera? ¡Intereses!

Las deudas financieras son una gran preocupación para la mayoría de los ciudadanos del mundo. Pero existe un momento en el tiempo en que incluso estas caducan. Examinemos juntos cuándo prescribe una deuda.

cuando-prescribe-una-deuda-1

¿Cuándo prescribe una deuda? La interrogante del adeudado de larga data

En el panorama social moderno nos resulta incluso un tanto ingenuo a priori preguntar ¿Cuándo prescribe una deuda? Nuestra existencia está determinada hasta tal punto por el dinero que debemos a diversas instancias a lo largo de nuestra vida que nos parece a primera vista un delirio que algo nos pueda quitar este peso de encima con solo esperar un tiempo.

Sin embargo, aunque existen otros factores a considerar, es exactamente así en muchos casos y todo ciudadano debería estar consciente de los tiempos de caducidad de sus obligaciones monetarias para saber cómo desligarse de ellas sin demasiado dolor burocrático.

La prescripción de una deuda está bien asentada en la mayoría de los documentos legislativos fundaciones de los países de todo el mundo. Por ejemplo, el artículo 1961 del Código Civil español señala que las acciones prescriben por el mero lapso del tiempo fijado por la ley.

De lo cual se deduce que las acciones de deuda se mantienen activas sólo mientras se mantengan encuadradas en un cierto plazo determinado por el texto legal. Los artículos que siguen a este artículo 1961 precisan cada caso de deuda que pueda existir con el plazo asignado para cada uno. De esta manera, cada parte está en posición de conocer de qué manera está delimitada la deuda asociada a su ámbito específico.

Ahora bien, no es solo el tiempo lo que debe considerarse a la hora de evaluar la prescripción de una deuda. Las acciones específicas del acreedor y del deudor con respecto a la deuda existente pueden modificar completamente los plazos marcados, obligando a otras consideraciones de tiempo. Lo veremos a continuación.

Si tienes un interés especial por los escenarios de deuda, particularmente todo lo relacionado con las maneras de buscar la resolución de una deuda, tal vez te resulte de provecho visitar este otro artículo de nuestra Web dedicado a los detalles y consejos para saber cómo negociar una deuda.

Puede ser importante conocer tanto los plazos de caducidad aquí señalados como la manera de encontrar soluciones junto al acreedor en una negociación. ¡Sigue el link! Si deseas conocer más de cuándo prescribe una deuda, continua leyendo este artículo.

Condiciones básicas para saber ¿Cuándo prescribe una deuda correctamente?

Como decíamos antes, las acciones de acreedor y deudor en función de la deuda vigente que los relaciona puede alterar de forma determinante los plazos marcados por la ley. Por tanto, puede ser útil examinar estos factores primero antes de evaluar los lapsos para cada formato de deuda.

El primer factor es que no haya existido en todo este lapso de tiempo una exigencia formal por parte del acreedor para que la deuda sea pagada. Esta exigencia puede darse según la vía judicial, en cortes especializadas en la materia, o de forma extrajudicial, por comunicación directa por distintos medios con el deudor o por requerimiento notarial.

Si la petición descrita se produce, el acreedor está efectivamente deteniendo el curso del tiempo que llevaría la deuda a la prescripción, pues está dejando claro que la deuda sigue viva. En caso contrario, de no presentar ninguna exigencia dentro del plazo marcada por la ley para su caso, esto llevaría que el tiempo siguiera corriendo en su contra hasta la caducidad plena de la deuda.

El segundo factor necesario consiste en que el deudor no haya reconocido la existencia de la deuda. Este reconocimiento puede darse de forma tácita en alguna de las comunicaciones con el acreedor que este pueda presentar como evidencia o bien de forma explícita en las mismas comunicaciones o en un ámbito formal de corte judicial.

La lógica es la misma que en el caso de las acciones de exigencia del acreedor: si el deudor asume que existe una deuda que debe pagar, el tiempo de prescripción no puede seguir corriendo, la obligación sigue vigente. De forma contraria, si el deudor hace caso omiso y el acreedor no exige el pago, puede considerarse que la deuda va camino a su caducidad con el cumplimiento del plazo determinado. Pero estos plazos resultan diferentes para cada tipo de deuda. Vemos entonces varios de estos lapsos tal como los establece la ley.

Prescripción de deuda en el caso de una tarjeta de crédito

Empezamos por el caso de las tarjetas de crédito, probablemente el tipo de deuda más común para el ciudadano de una urbe cualquiera y la obligación que puede extenderse fatalmente en el tiempo por su engañosa simplicidad y por las tasas de interés. Por tanto, es también una de las deudas en las cuales puede existir más deseo de caducidad por parte del deudor.

El plazo mínimo señalado por la ley, en el artículo 1964.2 del Código Civil, es de cinco años para la prescripción de la deuda. Estos cinco años comienzan a contarse desde el momento en que sea posible exigir el cumplimiento del pago, es decir, desde el primer escenario de deuda con respecto al crédito.

cuando-prescribe-una-deuda-2

Como es de esperarse, es difícil que la entidad bancaria no produzca ninguna exigencia de pago en todo este tiempo. El ingreso esperable desde el punto de vista del banco cuando se trata de tarjetas de crédito se basa necesariamente en el manejo de deudas constantes.

Sin embargo, existen casos en que puede darse de esta manera, por procesos de fusión o venta de la entidad que conllevan a la pérdida de registros o bien por la pérdida del rastro del individuo deudor en cuestión.

Prescripción de una deuda en el caso de una multa

Las multas también prescriben, aunque es necesario perfilar ciertos matices entre distintos conceptos. Por ejemplo, una cosa es la caducidad de la infracción, porque los entes apropiados para imponerla no lo hicieron en el lapso preciso, y otra cosa es la prescripción de la multa en sí misma, la sanción económica que es necesario pagar para librarse de la obligación por la infracción.

Si hablamos de lo primero, la caducidad de la infracción, necesitamos recurrir a la ley de tráfico. En este texto legal se nos habla de distintos plazos de prescripción dependiendo de cuán grave sea la infracción, dentro de un rango que va desde lo leve, pasando por lo grave, hasta llegar a lo muy grave. Al caso más leve se le asigna un lapso de tres meses para entrar en caducidad, siempre que no se haya notificado nunca la sanción al individuo. Al segundo caso, grave, se le asigna un lapso doble de seis meses.

Y en el caso de las infracciones muy graves, deben transcurrir también seis meses para darlo por anulado. En el segundo caso, el momento en que prescribe la multa, se considera que al cumplirse los cuatro años no se podrá ya reclamar el pago por sanción.

Prescripción de una deuda en el caso de un alquiler

El artículo 166 del Código Civil se ocupa específicamente de los alquileres bajo el apartado de arrendamiento de inmuebles. La ley señala simplemente que el plazo de cinco años es el lapso mínimo para considerar que el pago adeudado de un alquiler ha entrado en caducidad. Después de estos cinco años, no será necesario para el deudor abonar el pago tenido en mora.

Eso sí, como en el caso de las tarjetas de crédito y las entidades bancarias, es poco común que un lapso de cinco años de alquiler se cumpla sin que el arrendador reclame su pago y comience las demandas legales. Tendría que tratarse de un caso de extrema distancia y dejadez con respecto a sus posesiones lo que acabe desatando una prescripción de deuda de arrendamiento.

Prescripción de una deuda en el caso de una hipoteca

¿Cuándo prescribe una deuda si hablamos de una hipoteca? Este apartado es bastante revisado por miles de deudores en todas partes, pues las consecuencias de tener un impago dentro de una hipoteca suelen ser bastante desagradables y vastas.

El embargo y subasta del hogar es lo mínimo que puede pasar como consecuencia de una deuda no asumida y no suele quedarse allí la situación, pues muchas veces el valor entero de la casa no cubre completamente la deuda con la entidad bancaria. Entonces se tendrán que seguir ejecutando depósitos para terminar de saldar la hipoteca. Es un proceso costoso que puede durar años.

Según el artículo 1964 del Código Civil, las hipotecas entran en caducidad con el cumplimiento de veinte años desde el primer momento de impago. Pero la entidad bancaria, como puede suponerse, no esperará normalmente más de tres meses para ejecutar una demanda legal y recoger tanto la cantidad adeudada como los cuantiosos intereses acumulados por la deuda.

Los veinte años funcionan entonces como una marca en la mayoría de los casos simbólica, pero funcional para algunas contadas excepciones de irregularidad bancaria extrema.

Prescripción de una deuda en el caso de la Seguridad Social

El formato de la Seguridad Social establece un límite para sus deudas relacionadas con el pago de cuotas: cuatro años desde el momento en que pudiera reclamarse el impago. Una vez transcurrido este plazo, puede considerarse anulada la obligación de cancelar las cuotas, al igual que anulada la posibilidad de imponer sanciones al individuo por parte de la institución.

Pero existe un detalle que debe considerarse. No todos los pagos que puedan debérsele a la Seguridad Social tienen que ver con las obligaciones básicas de cuotas. Existen otros apartados, como el pago de prestaciones específicas, pagos como autónomo o distintos abonos complementarios del organismo público, que tendrán sus propios lapsos de pago, deuda y prescripción.

Por tanto, es necesario estar sumamente pendiente de estas variaciones internas, que pueden precisarse directamente en las oficinas correspondientes.

Como en el caso de las deudas hipotecarias o de tarjetas de crédito ante entidades bancarias, es bastante difícil que la Seguridad Social no exija formalmente un pago antes de los cuatro años de caducidad. Tendrían que darse casos bastante raros para que el plazo se cumpla a plenitud sin interrupciones por demandas legales.

cuando-prescribe-una-deuda-3

Prescripción de una deuda en el caso de impagos ante Hacienda

No hay mucho para decir en este caso, excepto que, al igual que en el escenario de la Seguridad Social, la Ley General Tributaria impone en general cuatro años para la prescripción de una deuda. La administración de Hacienda tendrá este plazo de cuatro años para presentar un reclamo al ciudadano por impago, de no hacerlo, puede darse por anulada la deuda. Es necesario advertir, como con las entidades bancarias o la Seguridad Social, que Hacienda es particularmente feroz y puntual en sus reclamos, por lo que poco puede esperarse la mayoría de las veces a la hora de dejar transcurrir este plazo de cuatro años.

Prescripción de deudas en el caso de servicios domésticos

El artículo 1967 del Código Civil fija un lapso de tres años para la prescripción de la deuda relacionada con el pago de servicios domésticos. Estos servicios incluyen la electricidad, el teléfono, el gas o el agua, los servicios básicos para el buen funcionamiento del hogar. Como bien se sabe, estos suelen organizarse en base a pagos anuales o mensuales, pero en cualquier caso el plazo de tres años para la anulación de la deuda se mantiene.

Por supuesto, como en los otros casos mencionados, recibir la notificación de deuda por parte de las empresas responsables de proveer el servicio interrumpe automáticamente el lapso de tres años. Pero en este ámbito en particular, sobre todo si hablamos de la electricidad o la conexión a Internet por ADSL, las prescripciones de las deudas con el cumplimiento del plazo de tres años están a la orden del día.

Las empresas asociadas a estos servicios se han resignado hace tiempo a cierto nivel de endeudamiento perenne por parte de un porcentaje de usuarios, introduciendo estos números rojos en sus balances de manera pragmática.

Prescripción de una deuda en el caso de operaciones comerciales

Este tipo de deuda corresponde a empresas enteras antes que a individuos, como era el caso de los ejemplos anteriores. Se trata de deudas contraídas entre compañías durante movimientos conjuntos en proyectos en común. El plazo para la prescripción de estas deudas entre personas jurídicas suele ubicarse en los quince años de lapso. Pasados estos quince años, esta relación de deuda entre empresas resultará cortada.

Quizá sorprenda, pero el cumplimiento de este plazo con la prescripción subsiguiente es bastante común en este ámbito, particularmente si las compañías son pequeñas y también son pequeñas las deudas. Tendría que tratarse de una operación comercial de magnitud global con grandes corporaciones para asegurar que exista un reclamo formal antes del plazo, deteniendo el reloj de la anulación.

Prescripción de una deuda en el caso de obligaciones municipales

Cuándo prescribe una deuda municipal, se suele referir a pagos de impuestos gestionados por el Ayuntamiento de su localidad. Si bien los pagos de impuestos municipales son muchos y muy variados, con numerosas siglas, plazos de vencimiento y nombres, los dos más nombrados por el ciudadano promedio y más comunes son el IC (Impuesto de circulación) y el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), bastante auto explicativos en sus denominaciones: pagos sobre el movimiento vehicular y vivienda personal.

En ambos casos el plazo a cubrir para alcanzar la prescripción de la deuda es de cuatro años. Estos cuatro años son contados desde el momento en que termina el lapso de pago, es decir, desde el punto en que se habría depositado la última contribución de haberlo hecho.

Lo que quiere decir que la institución del Ayuntamiento tiene un espacio entero de cuatro años para reclamar la cobertura del impago con todos los intereses que haya acumulado a lo largo de estos años. Se debe recordar que en el caso del Impuesto de Circulación, los dueños de los vehículos que ya no se encuentran activos no tienen por qué afrontar estos impuestos ante la municipalidad.

Como en otras áreas que hemos explorado, puede decirse que todo lo relacionado con los pagos de tributos impositivos suele tratarse por las oficinas del Ayuntamiento con sumo interés, dado el elevado nivel de sanciones al que se exponen mediante alguna potencial omisión. Por tanto, es difícil esperar que se cumpla un lapso de cuatro años sin escuchar de ellos una demanda para el cumplimiento del pago.

Con esto se han cubierto gran parte de los plazos necesarios en cada caso para la prescripción de una deuda. En el siguiente vídeo puede verse una exposición breve acerca de la prescripción de deudas dentro de la legalidad del territorio español. Hasta aquí nuestro artículo sobre cuándo prescribe una deuda en las distintas áreas financieras del país. Hasta pronto y buena suerte en sus pagos, trámites y estudios.


Sé el primero en comentar

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

*

  1. Responsable de los datos: Actualidad Blog
  2. Finalidad de los datos: Controlar el SPAM, gestión de comentarios.
  3. Legitimación: Tu consentimiento
  4. Comunicación de los datos: No se comunicarán los datos a terceros salvo por obligación legal.
  5. Almacenamiento de los datos: Base de datos alojada en Occentus Networks (UE)
  6. Derechos: En cualquier momento puedes limitar, recuperar y borrar tu información.